Testamento transfronterizo España-Alemania: el Reglamento europeo de sucesiones y la elección de ley

Un matrimonio alemán jubilado en la Costa Blanca, con una casa en Alicante, un piso en Colonia y cuentas en ambos países. ¿Qué ley regirá su herencia? ¿Vale su testamento alemán en España? La respuesta está en el Reglamento europeo de sucesiones, una norma que cambió las reglas del juego y que sigue siendo una gran desconocida.

La regla general: manda la residencia habitual

Desde 2015, el Reglamento (UE) 650/2012 establece que la sucesión se rige, en principio, por la ley del país de la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento. Para un alemán que vive de forma estable en España, eso significa que —salvo elección en contrario— su herencia completa, incluidos los bienes situados en Alemania, se regirá por el Derecho español: legítimas de los hijos, derechos del cónyuge viudo y reglas de reparto españolas.

La elección de ley: la herramienta clave

El Reglamento permite algo muy valioso: elegir expresamente en el testamento la ley de la propia nacionalidad (professio iuris). Un ciudadano alemán residente en España puede disponer que su sucesión se rija por el Derecho alemán. Las diferencias son sustanciales: el Derecho alemán no conoce las legítimas españolas en la misma forma (opera con la Pflichtteil, un derecho de crédito), permite el testamento mancomunado entre cónyuges —el clásico Berliner Testament— y ofrece mayor libertad de configuración. Sin elección de ley, un Berliner Testament otorgado en Alemania puede chocar con las legítimas españolas y generar litigios entre herederos.

Un testamento en cada país no siempre es la solución

Vemos con frecuencia testamentos «duplicados» que se revocan involuntariamente entre sí o que dejan bienes sin regular. Lo recomendable es una planificación única y coordinada: decidir la ley aplicable, otorgar el testamento (en España, ante notario, lo que garantiza su inscripción en el Registro de Últimas Voluntades) y asegurarse de que ambos documentos, si los hay, se remiten el uno al otro sin contradicciones.

Lo que el Reglamento no resuelve: los impuestos

Importante: el Reglamento unifica la ley civil aplicable, pero no toca la fiscalidad. El Impuesto sobre Sucesiones seguirá exigiéndose conforme a las normas españolas y alemanas, con sus mecanismos internos contra la doble imposición. Una buena planificación testamentaria debe hacerse siempre con la calculadora fiscal al lado.

Recomendaciones

  • Si es alemán residente en España y prefiere su Derecho nacional, inclúyalo expresamente en el testamento.
  • Revise los testamentos otorgados antes de mudarse: el cambio de residencia cambia la ley aplicable por defecto.
  • Considere el certificado sucesorio europeo para facilitar los trámites transfronterizos a sus herederos.
  • Coordine siempre la planificación civil con la fiscal en ambos países.

Conclusión: para las familias hispano-alemanas, el testamento no es un formulario, es una decisión estratégica sobre qué ley regirá todo su patrimonio. Elegirla a tiempo evita a los herederos años de conflictos.

En Susan Cabot Asesoría planificamos testamentos transfronterizos entre España y Alemania, coordinando la ley aplicable y la optimización fiscal. Pida cita y ordene hoy lo que sus herederos agradecerán mañana.

Asesora fiscal contable de pequeñas y grandes empresas de diferentes actividades comerciales.

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