Régimen Beckham: quién puede de verdad, quién no, y las cuentas que nadie hace

El «régimen Beckham» (artículo 93 LIRPF) sigue siendo el imán fiscal de España para directivos y profesionales que se trasladan: tributar como no residente —24% fijo hasta 600.000 euros, y solo por rentas del trabajo y rentas de fuente española— durante el año de llegada y los cinco siguientes. Pero la mitad de las consultas que recibo son de gente que cree que puede aplicarlo y no puede. Aclaremos.

Quién puede

Quien se desplace a España por contrato de trabajo (incluido teletrabajo internacional con visado o autorización de nómada digital), por nombramiento como administrador (con matices si la sociedad es patrimonial), o —desde la Ley de Startups— emprendedores con actividad certificada como emprendedora, profesionales altamente cualificados que presten servicios a startups y quienes realicen actividades de formación, investigación y desarrollo. Requisito universal: no haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores.

Quién no (aunque lo parezca)

El autónomo ordinario que se muda y sigue con sus clientes de siempre; el que llega buscando trabajo y lo encuentra después (el orden causa-efecto importa: el traslado debe ser consecuencia del contrato); el que ya pasó un invierno «de prueba» empadronado el año pasado — esos 183 días cuentan. Y el plazo mata: la opción se ejercita en el modelo 149 dentro de los 6 meses desde el alta en la Seguridad Social. Fuera de plazo no hay recurso que valga.

Lo que casi nadie calcula: los dos lados de la moneda

Ventajas: 24% fijo (frente a marginales del 45-50%), y las rentas extranjeras (dividendos, alquileres fuera) quedan fuera del IRPF español. Contras que sorprenden: sin mínimos personales ni familiares, sin deducción por vivienda, las ganancias patrimoniales españolas al tipo del ahorro pero sin compensaciones cómodas, obligación real en Patrimonio y —clave para alemanes— el país de origen puede no considerarle «residente a efectos de convenio», con efectos en sus pensiones y dividendos. Para salarios por debajo de ~55.000-60.000 euros, el régimen general suele ganar.

¿Traslado a la vista? El análisis Beckham sí/no se hace antes de firmar el contrato, no después de llegar. Es una hora de trabajo que puede valer seis cifras en seis años.

Asesora fiscal contable de pequeñas y grandes empresas de diferentes actividades comerciales.

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© Susan Cabot. Página web por Hazhistoria

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