Es una de las consultas más repetidas entre quienes se mudan de Alemania a España: «¿puedo seguir circulando con mi coche de matrícula alemana?». La respuesta corta: solo durante un tiempo limitado. Quien fija su residencia en España debe matricular aquí su vehículo, y hacerlo tarde sale caro. La parte buena: la mudanza puede dar derecho a una exención fiscal importante.
Los vehículos matriculados en otro país solo pueden ser utilizados en España por sus propietarios durante estancias temporales. Al adquirir la residencia normal en España, nace la obligación de matricular el vehículo en el plazo legal —con carácter general, 60 días desde que se empieza a utilizar en territorio español—. Circular con placas alemanas siendo residente expone a sanciones, inmovilización del vehículo y liquidaciones fiscales retroactivas: la Guardia Civil y la Agencia Tributaria prestan atención creciente a este fenómeno.
Matricular en España un coche traído de Alemania implica, según el caso:
Quien traslada su residencia habitual de Alemania a España puede matricular su vehículo exento del impuesto de matriculación si cumple los requisitos: haber tenido el coche en propiedad y uso en Alemania al menos seis meses antes del traslado, y solicitar la exención dentro de los 60 días siguientes al inicio de la residencia. La exención exige además no transmitir el vehículo durante los doce meses posteriores. Es un ahorro que puede alcanzar miles de euros — y que se pierde, sin remedio, por presentar la solicitud fuera de plazo.
Conclusión: el coche alemán puede acompañarle a su nueva vida española, pero con calendario: 60 días para regularizar y una exención valiosa que premia a quien tramita a tiempo. Improvisar en este tema es de las formas más tontas de perder dinero en una mudanza.
En Susan Cabot Asesoría gestionamos la matriculación de vehículos alemanes en España y la exención por traslado de residencia, junto con el resto de su mudanza fiscal. Consúltenos antes de que corran los plazos.
© Susan Cabot. Página web por Hazhistoria
