Cestas de Navidad, cenas y regalos a clientes: la fiscalidad de diciembre sin sustos

Cada noviembre la misma consulta doble: «¿puedo deducir las cestas de Navidad?» y «¿tributan los empleados por la cena de empresa?». La fiscalidad navideña tiene reglas más amables de lo que se cree — pero con papeles y costumbre demostrada.

Cestas y cenas para empleados: deducibles por costumbre

Los gastos «con arreglo a los usos y costumbres» respecto del personal son deducibles en Sociedades (no son liberalidad, artículo 15.e LIS) — la cesta y la cena de Navidad son el ejemplo de manual. La condición práctica: la costumbre debe poder probarse (facturas de años anteriores). El primer año se discute más; a partir del segundo, es rutina. El IVA de cestas y regalos no se deduce (atención al destino gratuito); el de la cena de empresa, tampoco como regla (servicios de hostelería para atenciones).

¿Y el empleado tributa?

Técnicamente la cesta es retribución en especie (con su ingreso a cuenta). En la práctica, las cestas de valor moderado dentro de la costumbre de la empresa se vienen tratando con tolerancia — pero la empresa ordenada la incluye en nómina de diciembre con su ingreso a cuenta y duerme tranquila. La cena colectiva, como gasto social, no se imputa individualmente.

Regalos a clientes: la regla del 1%

Las atenciones a clientes y proveedores (lotes, vinos, entradas) son deducibles hasta el 1% de la cifra de negocios del ejercicio; el exceso, no. Consejos de trinchera: separe en contabilidad «atenciones» de «promoción» (los objetos publicitarios con logo y escaso valor son promoción, sin límite del 1%, y con IVA deducible hasta ciertos umbrales por destinatario y año); guarde la lista de destinatarios — la relación con la actividad es lo primero que se pregunta.

La paga extra disfrazada y el error del efectivo

El «sobre» navideño en metálico es el clásico que arruina la fiesta: retribución no declarada, con su cascada (IRPF, cotizaciones, sanción). Si quiere premiar en diciembre: bonus por nómina, o especie exenta bien elegida (el cheque guardería y el seguro médico caben también en diciembre si se pactan antes del devengo).

La regla de oro de diciembre: generosidad, sí — por banco, con factura y con la costumbre documentada. ¿Duda con un caso concreto (regalos a colaboradores externos, premios de concursos, detalles a funcionarios — ojo con esto último)? Pregunte antes de comprar.

Asesora fiscal contable de pequeñas y grandes empresas de diferentes actividades comerciales.

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