Trabajar por cuenta propia en España como ciudadano alemán es perfectamente legal y no requiere permiso de trabajo (ciudadanía UE). Sin embargo, la obligación de cotizar a la Seguridad Social española y de tributar por los rendimientos de la actividad surge desde el primer día de actividad. Este artículo resume los pasos y las obligaciones tributarias más relevantes.
Antes de iniciar la actividad, hay que presentar el Modelo 036 (o el simplificado 037) en la Agencia Tributaria, declarando:
En los 60 días naturales anteriores al inicio de la actividad, o como máximo al día siguiente del inicio, el autónomo debe presentar el alta en el RETA en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Desde 2023 la cuota depende de los ingresos netos reales:
La cuota se puede ajustar cada dos meses si los ingresos varían significativamente. Al cierre del ejercicio, si los ingresos reales difieren de los estimados, la TGSS regulariza al alza o a la baja.
El autónomo en estimación directa presenta el Modelo 130 trimestralmente (en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero), ingresando el 20 % del beneficio neto acumulado del año menos los ingresos a cuenta ya satisfechos. Si el rendimiento es negativo o ya hay retenciones suficientes, el pago fraccionado es cero pero el modelo hay que presentarlo igualmente.
El autónomo en régimen general de IVA presenta el Modelo 303 cada trimestre, liquidando la diferencia entre el IVA repercutido en sus facturas de venta y el IVA soportado deducible en sus compras. Tipo general: 21 %. Si presta servicios a clientes en otros países de la UE sin IVA (regla B2B), debe presentar el resumen de operaciones intracomunitarias (Modelo 349).
En estimación directa simplificada los gastos deducibles incluyen suministros del local de trabajo (electricidad, internet: 30 % si se usa desde casa), teléfono y comunicaciones, materiales y herramientas, formación, seguros profesionales, amortización de equipo informático, y una desgravación del 5 % del rendimiento neto por provisiones y gastos de difícil justificación (máx. 2.000 €/año).
Si el autónomo alemán trabaja en España pero mantiene residencia fiscal en Alemania, los rendimientos de la actividad tributan en España (fuente) según el CDI art. 7 y 14, y también deben declararse en Alemania bajo el método de exención con progresividad. La cuota de RETA pagada en España es deducible en la declaración alemana como gasto de la actividad.
© Susan Cabot. Página web por Hazhistoria
