Si resides fiscalmente en España y alquilas un inmueble situado en Alemania, debes conocer una regla básica del Convenio de Doble Imposición: las rentas inmobiliarias tributan donde está el inmueble.
El rendimiento del alquiler se grava en Alemania, por estar allí el inmueble. Deberás declarar y pagar el impuesto alemán correspondiente sobre esas rentas, conforme a su normativa (con sus gastos deducibles y su escala).
Como residente fiscal español tributas por tu renta mundial, así que también debes incluir el alquiler alemán en tu IRPF. Para evitar la doble imposición, el CDI España-Alemania aplica, para las rentas inmobiliarias, el método de exención con progresividad: la renta alemana no vuelve a gravarse en España, pero se tiene en cuenta para calcular el tipo aplicable al resto de tus rentas.
El alquiler alemán no paga IRPF en España, pero eleva el tipo medio que se aplica a tus demás rentas españolas. Es un mecanismo distinto de la deducción por doble imposición que se usa para dividendos o intereses.
Conclusión: el alquiler de un inmueble en Alemania tributa allí, pero también hay que declararlo en España, donde se aplica la exención con progresividad. Entender este mecanismo evita errores y una tributación excesiva.
© Susan Cabot. Página web por Hazhistoria
